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Ser autónomo

Fiscalidad del dropshipping: IVA, importador y OSS

Alexandru Burtea · Gestor fiscal en FinlaiActualizado el 28 de septiembre de 2026

No tocar el producto no elimina tus obligaciones fiscales. En dropshipping, el tratamiento depende de quién vende al cliente, desde dónde sale la mercancía y quién figura como importador. Dibuja primero esa cadena: una venta nacional, una venta intracomunitaria y una importación directa no siguen el mismo recorrido.

Antes del IVA: cinco datos de cada pedido

Para cada operación, identifica la cadena contractual (quién es el titular económico), de dónde sale el bien, dónde se entrega y quién figura como importador aduanero; estos datos determinan el tratamiento correcto de IVA según la operación.

DatoDónde comprobarloPor qué cambia el caso
Vendedor contractualCondiciones de compra, factura y contrato con la plataforma.Puedes vender por cuenta propia o prestar una intermediación.
ProveedorContrato y factura de compra.Tu compra y tu venta son operaciones distintas.
Origen físicoAlmacén y documentación del envío.La sede del proveedor no indica necesariamente de dónde sale el bien.
Destino físicoPedido y prueba de entrega.No siempre coincide con el país del medio de pago.
ImportadorAcuerdo de entrega y declaración aduanera.No tiene por qué ser siempre el comprador final ni siempre la tienda.

Esta guía se dirige a autónomos establecidos en Península o Baleares bajo administración tributaria común. No resuelve registros extranjeros, aranceles por producto ni todos los regímenes especiales. Las fuentes se han comprobado el 27 de septiembre de 2026.

Guarda la respuesta por circuito de venta. Un mismo proveedor puede servir pedidos desde China y desde un almacén europeo. Copiar el tratamiento fiscal de uno al otro por compartir catálogo deja fuera el hecho decisivo: el transporte real.

Localización de bienes: LIVA, artículo 68; el artículo 86 regula quién es sujeto pasivo en importaciones.

Cuatro circuitos que no conviene mezclar

CircuitoPrimera comprobaciónNo des por hecho
Bien en Península o Baleares y entrega allíVenta interior y régimen del vendedor.Que todas las mercancías llevan el 21 % o todo comerciante aplica régimen general.
Bien que viaja entre dos Estados miembros a un particularRequisitos de venta intracomunitaria a distancia y destino.Que estar tú en España sitúa aquí cualquier venta.
Bien enviado desde fuera de la UE a un consumidor de la UEImportación, venta, importador e IOSS si es elegible.Que un envío pequeño evita toda aduana o impuesto.
Intermediación por comisiónQué servicio prestas, a quién y en nombre de quién actúas.Que la comisión y una compraventa por cuenta propia son equivalentes.

Si vendes bienes por cuenta propia, la liquidación que te transfiere la plataforma después de descontar comisiones no basta para reconstruir tus ventas. Separa precio al comprador, IVA cuando corresponda, compra al proveedor y comisiones. Si solo intermedias, el contrato debe permitir identificar a tu cliente y tu remuneración. El nombre «dropshipping» no decide cuál de las dos actividades realizas.

Para un comerciante minorista persona física, comprueba además si resulta aplicable el recargo de equivalencia. Sus requisitos no dependen de tener o no una tienda física. No prepares todas tus obligaciones como régimen general sin revisar actividad, bienes y condiciones del régimen.

Comercio minorista: LIVA, artículos 148 y 149. Las entregas y ciertas operaciones de comisión se definen en el artículo 8.

OSS Unión: ventas a particulares entre países de la UE

OSS Unión permite declarar de forma centralizada el IVA de determinadas ventas B2C en otros Estados miembros. Es un régimen opcional: no optar por él no elimina el impuesto ni las posibles obligaciones en destino. Primero identifica una operación elegible; después decide cómo cumplir.

La excepción de 10.000 € no es un límite por país ni para todas las ventas de internet. Exige, entre otras condiciones, establecimiento en un único Estado miembro, que las ventas a distancia intracomunitarias de bienes no se efectúen, ni total ni parcialmente, desde otro Estado miembro, e importes agregados sin IVA que no superen el límite en el año anterior ni en el actual. Se suman determinadas ventas intracomunitarias a distancia y servicios B2C de telecomunicaciones, radiodifusión y electrónicos. También importa si has optado por tributar en destino.

Ejemplo ficticio: estás establecido solo en España, pero un pedido viaja del almacén alemán de tu proveedor a un particular francés. Suponiendo que tu operación reúne los requisitos de venta intracomunitaria a distancia, no puedes invocar aquella excepción por el mero hecho de facturar menos de 10.000 €: el bien no sale del Estado donde estás establecido. Esa salida desde Alemania impide aplicar el límite del artículo 73, no solo excluir ese pedido del cómputo. Examina destino, acceso a OSS y las obligaciones que pueda generar tu operativa en Alemania.

Umbral y condiciones: LIVA, artículo 73, junto al artículo 68.

Para separar ventas B2B y B2C, consulta cómo facturar a clientes de la UE.

IOSS: qué permite el límite de 150 €

IOSS se refiere a ventas a distancia de bienes importados en envíos cuyo valor intrínseco no exceda de 150 €, límite vigente desde el 1 de julio de 2021, con exclusión de productos sujetos a impuestos especiales. No es OSS para servicios ni una franquicia de IVA. Si la venta está correctamente acogida, el vendedor cobra el IVA correspondiente al destino y lo declara en el régimen.

Desde el 1 de julio de 2021 desapareció la antigua exención general de importación por valor de hasta 22 €. Eso no significa que hayan desaparecido todas las exenciones de importación. En IOSS, la exención exige que el IVA se declare mediante el régimen y que se facilite a Aduana el número de identificación individual válido, a más tardar al presentar la declaración de importación. No sustituye el despacho ni elimina por sí sola los demás controles.

Explicación de IOSS: AEAT, régimen de importación y modelo 369, contrastada con los artículos 34 y 66.4 de la LIVA y las demás exenciones de importación.

Condición de la exención IOSS: LIVA, artículo 66.4.

Ejemplo ficticio: una venta elegible IOSS envía un bien ordinario desde China a un consumidor de Madrid. Su valor intrínseco y su precio neto son 90 €, sin otros conceptos, y al bien le corresponde el 21 %. El IVA de la venta es 90 × 21 % = 18,90 € y el total 108,90 €. El cálculo supone cumplidos los requisitos anteriores; no demuestra por sí mismo que el envío esté acogido correctamente a IOSS.

Un envío con valor intrínseco de 180 € queda fuera de ese límite. Debes examinar la importación y la venta por el recorrido que corresponda, no fraccionar artificialmente el pedido ni aplicar el umbral de 10.000 € de OSS como alternativa. Quién soporta contractualmente los costes debe quedar claro antes de vender; no prometas al cliente ausencia de cargos que no puedas justificar.

Una plataforma no siempre se ocupa de todo

En determinados supuestos, una interfaz electrónica que facilita ventas puede ser considerada proveedor a efectos del IVA. La regla tiene condiciones; no alcanza automáticamente a cualquier marketplace, pasarela de pago o tienda alojada. Revisa quién declara cada operación en tu circuito y qué justificante lo acredita.

Interfaces electrónicas: LIVA, artículo 8 bis.

La carpeta que necesitas para revisar tus obligaciones

  • Contrato con proveedor y plataforma, con la identidad del vendedor y el reparto de tareas.
  • Factura de compra, documentación de la venta y liquidación de comisiones por separado.
  • Origen y destino del transporte, prueba de entrega y devoluciones.
  • Declaración aduanera e identidad del importador cuando haya importación.
  • Registro aplicado a cada circuito: régimen general o especial, OSS/IOSS cuando proceda y responsable de cada declaración.

El IVA no sustituye al IRPF de tu actividad. Tampoco una cuenta en una plataforma sustituye el alta y la clasificación censal que correspondan. Antes del primer pedido, comprueba ambas capas y cómo registrarás los documentos; no esperes al ingreso neto en el banco para descubrir qué has vendido.

Si tu operación sale de la UE, consulta también facturación a clientes fuera de la UE, sin confundir una exportación con el envío directo desde un país tercero.

Para las reclamaciones de consumidores, revisa también cuándo necesitas hojas de reclamaciones: la guía distingue territorio, sector y canal de venta, con casos de Madrid y Andalucía.

Preguntas frecuentes

Fuentes oficiales

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Esta guía es información general y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. Verifica siempre con las fuentes oficiales o con un profesional antes de decidir.