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Modelo 111: retenciones de nóminas y profesionales, paso a paso

Alexandru Burtea · Gestor fiscal en FinlaiActualizado el 28 de septiembre de 2026

El modelo 111 declara retenciones e ingresos a cuenta de determinadas rentas que has pagado, entre ellas nóminas y servicios profesionales, y se presenta cada trimestre entre el día 1 y el 20 del mes siguiente (hasta el 15 si domicilias el pago). No sirve para ingresar las retenciones que tus clientes te descuentan a ti. Para prepararlo necesitas saber a quién pagaste, por qué concepto, cuánto y qué retención correspondía.

Quién tiene obligación de presentar el 111

Lo presentan las personas o entidades obligadas a retener o ingresar a cuenta que satisfacen rentas incluidas en este modelo. Un autónomo puede estar obligado aunque no tenga empleados: por ejemplo, cuando paga servicios de un profesional sujetos a retención. Tener proveedores, por sí solo, no hace que todas sus facturas pertenezcan al 111.

Además del trabajo y las actividades profesionales, las instrucciones incluyen determinadas actividades agrícolas, ganaderas, forestales y empresariales en estimación objetiva, premios y otras rentas enumeradas. Hay que clasificar el pago antes de sumar importes. Las percepciones en especie tienen su propio bloque y reglas de valoración e ingreso a cuenta.

Fuente: AEAT: rentas incluidas y obligados al modelo 111. Consultada el 26 de septiembre de 2026.

Esta guía se centra en la declaración trimestral estatal de pagos ordinarios en dinero. No cubre normativa foral del País Vasco o Navarra, pagos a no residentes ni el cálculo de retenciones de una nómina o de rentas especiales. El ejemplo parte de retenciones ya correctamente determinadas.

No confundas el 111 con tus anticipos ni con el alquiler

SituaciónQué debes distinguir
Pagas una nómina o un servicio profesional sujetoActúas como pagador y revisas la obligación de incluirlo en el 111.
Tu cliente te retiene en una facturaEs una retención soportada por ti. No se convierte en una cantidad que tú ingresas por el 111.
Pagas el alquiler de un local sujeto a retenciónRevisa el 115 y su resumen anual 180, no lo mezcles con el 111.
Pagas a un proveedor sin renta sujeta al 111No lo incluyas solo por tener una factura. Comprueba naturaleza y régimen del pago.

La separación evita un error frecuente: sumar en una misma bolsa lo que te han retenido tus clientes y lo que tú has retenido a otras personas. Son posiciones diferentes. Guarda los documentos por pagador, perceptor, concepto y periodo para que la declaración y los certificados puedan reconciliarse.

Qué información necesitas reunir

  • Nóminas y documentos de los pagos realizados durante el trimestre, con retribución íntegra y retención.
  • Facturas y pagos a profesionales, identificando base, IVA y retención sin confundirlos con el importe neto transferido.
  • NIF e identificación de cada perceptor, para contar personas y preparar después la información anual.
  • Detalle separado de retribuciones en dinero y en especie y de cualquier otra categoría sujeta.
  • Tu situación censal respecto de las retenciones y los justificantes de declaraciones anteriores cuando sean necesarios para revisar incidencias.

El modelo se refiere a rentas satisfechas o abonadas en el periodo. No copies indiscriminadamente todas las facturas recibidas por su fecha de emisión. Si una factura está pendiente de pago, hay abonos parciales o una retribución especial, comprueba la imputación que corresponde antes de cerrar la relación.

Cómo separar trabajadores y profesionales

Rentas dinerariasPerceptoresImportes íntegrosRetenciones
TrabajoCasilla 01Casilla 02Casilla 03
Actividades económicasCasilla 07Casilla 08Casilla 09

El número de perceptores cuenta personas dentro de cada categoría, no facturas ni transferencias. Un trabajador que cobra tres nóminas en el trimestre sigue siendo un perceptor en ese bloque. Si pagas cuatro facturas a un mismo profesional, tampoco son cuatro perceptores de actividades económicas. Una misma persona puede requerir clasificación en más de un bloque si recibe rentas distintas.

En una factura profesional ordinaria del ejemplo, la retención se calcula sobre los honorarios, sin sumar el IVA. No uses el importe neto transferido como percepción íntegra ni sumes el IVA a la retención. En nóminas tampoco sustituyas el bruto sujeto por el líquido cobrado por el trabajador.

Fuente: AEAT: casillas 01 a 12 y total de liquidación. Consultada el 26 de septiembre de 2026.

Ejemplo con un trabajador y dos profesionales

Supuesto ficticio: un trimestre con pagos en dinero a un trabajador y a dos profesionales distintos, todos sujetos al 111. No hay retribuciones en especie, premios, otros bloques ni declaraciones anteriores del mismo periodo que se estén corrigiendo. Las retenciones indicadas ya se han verificado; el ejemplo no calcula el tipo de una nómina.

GrupoPerceptoresImporte íntegro sujetoRetención
Trabajo16.000,00 €720,00 €
Profesional A11.000,00 €150,00 €
Profesional B11.500,00 €225,00 €

El bloque de trabajo recoge 1 perceptor, 6.000 € íntegros y 720 € de retención. El de actividades económicas recoge 2 perceptores, 2.500 € de honorarios sujetos y 375 € retenidos. El total a ingresar del supuesto es 720 + 150 + 225 = 1.095 €. No son 8.500 € a ingresar ni se añaden las cuotas de IVA de las facturas.

Declaración negativa y periodo sin pagos: son casos distintos

Se presenta un 111 negativo si has satisfecho rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta pero, conforme a las reglas de cálculo, no ha procedido practicar importe efectivo. Por ejemplo, una retribución del trabajo puede resultar con retención cero según las circunstancias aplicables. Siguen existiendo un perceptor y una percepción que declarar.

Si no has satisfecho ninguna renta sometida de las incluidas en el modelo durante el periodo, la AEAT indica que no se presenta un 111 vacío con todas las casillas de liquidación sin cumplimentar. También exige revisar la modificación censal: en ese supuesto, la baja de la obligación se comunica dentro del mes siguiente a la finalización del periodo al que habría correspondido la autoliquidación.

Comprueba qué obligación censal concreta debe modificarse en el 036; no confundas esa comunicación con dar de baja toda tu actividad como autónomo. Si vuelves a pagar rentas sujetas, hay que comunicar de nuevo el alta de la obligación. Antes de omitir una declaración, contrasta los pagos reales y el censo, especialmente si alternas trimestres con y sin servicios profesionales.

No haber retenido por error no es lo mismo que una retención legalmente igual a cero. Si el pago exigía retener y no lo hiciste, revisa la incidencia: no lo conviertas en un 111 negativo para que coincida con tu banco.

Fuente: AEAT: presentación como autoliquidación negativa y periodos sin rentas satisfechas. Consultada el 26 de septiembre de 2026.

Plazos del modelo 111 trimestral

TrimestrePresentación generalDomiciliación general
1T: enero a marzo1 a 20 de abril1 a 15 de abril
2T: abril a junio1 a 20 de julio1 a 15 de julio
3T: julio a septiembre1 a 20 de octubre1 a 15 de octubre
4T: octubre a diciembre1 a 20 de enero del año siguiente1 a 15 de enero del año siguiente

En 2026, esos vencimientos del 20 y del 15 se mantienen para los tres primeros trimestres. El cuarto trimestre de 2026 se presenta en enero de 2027: consulta el calendario de ese año por días inhábiles y ajustes. El 111 no tiene el plazo general hasta el 30 de enero del 130 y del 303. Grandes empresas y determinadas Administraciones tienen periodicidad mensual.

Fuente: AEAT: presentación y domiciliación en 2026. Consultada el 26 de septiembre de 2026.

Presentación, pago y conciliación con el 190

  1. 1Entra en el trámite oficial del 111 y revisa NIF, ejercicio y periodo. Completa los bloques que correspondan y valida el formulario.
  2. 2Comprueba perceptores, importes íntegros y retenciones contra tu relación de pagos. Superar la validación no acredita que el tratamiento fiscal sea correcto.
  3. 3Selecciona la forma de ingreso o la declaración negativa que proceda y termina la firma y el envío.
  4. 4Guarda el recibo y la declaración completa; comprueba también el pago o el cargo domiciliado. No des por presentado un modelo por conservar solo un NRC.
  5. 5Al cierre anual, reconcilia los datos del 190 por perceptor y clasificación de renta con los pagos y los 111. No basta con que coincida el total de retenciones. Los alquileres siguen su propio circuito.

Fuente: AEAT: ayuda de presentación del modelo 111. Consultada el 26 de septiembre de 2026.

Fuente: AEAT: resumen anual modelo 190. Consultada el 26 de septiembre de 2026.

Para coordinar estas retenciones con el resto del cierre, consulta el mapa de modelos trimestrales.

Si prefieres que lo lleve tu asesor

Tu asesor de Finlai clasifica cada pago entre trabajo y actividades económicas, calcula las casillas del 111, lo presenta dentro de plazo y lo concilia con el 190 al cierre del año. Si solo pagas a profesionales, está incluido en el plan Gold, 49,90 €/mes + IVA. Si tienes trabajadores, la gestión laboral y el cálculo de nóminas se llevan en el plan Premium, 79,90 €/mes + IVA con el primer trabajador incluido.

Preguntas frecuentes

Fuentes oficiales

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Esta guía es información general y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. Verifica siempre con las fuentes oficiales o con un profesional antes de decidir.