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Cómo facturar como psicólogo: IVA, exención y retenciones

Alexandru Burtea · Gestor fiscal en FinlaiActualizado el 28 de septiembre de 2026

Un psicólogo no factura siempre sin IVA. La asistencia sanitaria puede estar exenta si cumple los requisitos profesionales y de finalidad; otros servicios, como selección o coaching no sanitario, siguen reglas distintas. La retención depende del pagador y se comprueba por separado, incluso en una factura exenta.

Decide el IVA por el servicio, no por el nombre de tu profesión

Una misma consulta puede facturar asistencia sanitaria exenta y otros servicios sujetos a IVA. Antes de emitir, identifica qué has prestado, con qué finalidad, quién lo ha contratado y quién paga. La palabra sesión, terapia o formación no resuelve por sí sola ninguna de esas preguntas.

Estos ejemplos se refieren a un psicólogo persona física que ejerce por cuenta propia, tributa en régimen común y presta servicios interiores localizados en Península o Baleares. No trasladan las retenciones a una sociedad profesional ni resuelven operaciones internacionales, Canarias, Ceuta o Melilla.

PrestaciónQué comprobar antes de facturar
Asistencia a una persona para diagnosticar, prevenir o tratar una enfermedadCondición profesional y finalidad sanitaria. Si cumple el artículo 20.Uno.3, está exenta de IVA.
Coaching, orientación o crecimiento personal sin finalidad sanitariaNo aplicar la exención sanitaria. En el supuesto interior ordinario, IVA del 21 %, salvo otra regla acreditada.
Selección de personal para una empresaServicio no sanitario: IVA general en el supuesto ordinario y retención si paga un obligado.
Clases, cursos o talleresAnalizar la exención educativa que corresponda. No se hereda la exención de las sesiones sanitarias.

Reglas utilizadas: Ley del IVA, artículos 20.Uno.3, 9 y 10, y 90. Fuentes consultadas el 27/09/2026.

Cuándo está exenta la asistencia psicológica

La exención sanitaria exige asistencia a personas físicas por un profesional comprendido en la norma y una finalidad de diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades. La Ley del IVA incluye a los psicólogos titulados en centros oficiales o reconocidos por la Administración. No basta con escribir atención psicológica en la factura: el servicio real debe cumplir el requisito sanitario.

Comprueba también los requisitos profesionales para ejercer la prestación concreta. Una regla de IVA no acredita tu habilitación sanitaria ni permite deducirla de un epígrafe fiscal. Si la titulación, la actividad o la finalidad no están claras, resuelve esos datos antes de seleccionar la exención.

Que pague una clínica o una empresa no elimina por sí solo la exención: puede tratarse de asistencia sanitaria a personas físicas. Pero tampoco la garantiza. Revisa si el encargo es realmente asistir a pacientes o, por ejemplo, elaborar un informe de selección para la empresa.

Condición profesional, finalidad y destinatario: Ley del IVA, artículo 20.Uno.3.

Coaching, orientación y selección: no aplicar la exención por defecto

Los servicios de coaching, orientación o selección sin finalidad de diagnosticar, prevenir o tratar una enfermedad no están exentos de IVA por el hecho de llamarse terapia o sesión. La AEAT lo confirma en INFORMA 148433, que analiza ese tipo de servicios y concluye que están sujetos y no exentos. La conclusión se apoya en la finalidad descrita, no en una prohibición de que cualquier servicio con una etiqueta parecida pueda tener otro contenido.

Por ejemplo, una intervención de crecimiento personal sin finalidad sanitaria no se convierte en exenta porque la imparta un psicólogo. Para una operación interior ordinaria sin otra exención, se aplica el 21 %. Conserva el encargo o una descripción suficiente del servicio que justifique la clasificación, sin incorporar información clínica innecesaria a la factura.

Supuesto y respuesta oficial: AEAT: INFORMA 148433, servicios de psicología. No sustituye el análisis de una prestación distinta.

La formación tiene su propio test de exención

Un curso de psicología no queda exento por ser impartido por un profesional sanitario. El artículo 20.Uno.9 contempla determinadas actividades educativas realizadas por entidades públicas o privadas autorizadas. El 20.Uno.10 regula las clases particulares de personas físicas sobre materias incluidas en los planes de estudios del sistema educativo.

En las clases particulares hay además un límite: no se consideran tales las que requieren alta en las tarifas empresariales o artísticas del IAE. Revisa materia, forma de organización y condición del prestador. Un taller de bienestar para una empresa o un curso vendido por internet no tiene una exención automática por llamarse formación.

Exenciones educativas y condiciones: Ley del IVA, artículos 20.Uno.9 y 10.

El IVA y la retención responden a preguntas distintas

El IVA depende del servicio prestado; la retención depende de quién paga. Si el paciente particular contrata fuera de una actividad económica, no practica retención profesional. Si paga una empresa, entidad o autónomo en el ejercicio de su actividad, comprueba su obligación de retener sobre tus honorarios. Una factura sanitaria exenta de IVA puede llevar retención de IRPF.

El tipo profesional general es el 15 %. El 7 % por inicio se aplica en el año de inicio y los dos siguientes si no ejerciste ninguna actividad profesional durante el año anterior a la fecha de comienzo y comunicas esa circunstancia al pagador, que debe conservar la comunicación firmada. No son treinta y seis meses desde el alta ni un descuento por facturar poco.

Pagadores obligados y tipos profesionales: Reglamento del IRPF, artículos 75, 76 y 95.1.

En una colaboración con un centro, distingue si el centro es tu cliente o solo cobra por tu cuenta. El ingreso bancario, una comisión o el uso de la agenda del centro no deciden por sí solos a quién debes facturar. Revisa el contrato y la liquidación antes de trasladar los importes a la factura.

Cuatro ejemplos con IVA y retención separados

Ejemplos ficticios, no tarifas recomendadas. En los casos empresariales se presupone un pagador obligado a retener y el tipo profesional general. En los sanitarios se dan por comprobadas la condición profesional y la finalidad exigidas para la exención.

SupuestoHonorariosIVAIRPF retenidoA pagar
Sesión sanitaria a paciente particular80,00 €Exento: 0,00 €0,00 €80,00 €
Asistencia sanitaria facturada a clínica cliente800,00 €Exento: 0,00 €15 %: 120,00 €680,00 €
Selección de personal para empresa800,00 €21 %: 168,00 €15 %: 120,00 €848,00 €
Coaching no sanitario a particular80,00 €21 %: 16,80 €0,00 €96,80 €

En selección: 800,00 + 168,00 − 120,00 = 848,00 €. La retención se calcula sobre los honorarios, no sobre el total con IVA. El dinero retenido es un pago a cuenta de tu IRPF, no una rebaja de tus honorarios ni el impuesto anual definitivo.

Si ya has determinado el tratamiento y el tipo, comprueba el desglose con la calculadora de retenciones. Una calculadora no verifica que una sesión esté exenta.

La factura sanitaria exenta también necesita documentación

La asistencia sanitaria del artículo 20.Uno.3 debe facturarse aunque esté exenta. Para una factura completa del supuesto nacional, revisa número y serie cuando corresponda, fechas, identificación y NIF, domicilios, descripción e importes. Si mezclas operaciones exentas y no exentas, separa sus bases y tratamiento.

Incluye la referencia normativa aplicable o la indicación de que la operación está exenta. Una fórmula útil cuando el supuesto está comprobado es «Operación exenta de IVA según el artículo 20.Uno.3 de la Ley 37/1992». Mostrar solo un cero en la cuota no explica por qué no repercutes IVA.

Describe la prestación de forma suficiente y neutral, por ejemplo una sesión de asistencia psicológica con su fecha cuando corresponda. No añadas diagnósticos, notas de terapia ni historia clínica como justificación fiscal. Esa recomendación no elimina los datos identificativos obligatorios de la factura.

Obligación de facturar, datos y mención de exención: Reglamento de facturación, artículos 2, 3 y 6.

Qué revisar antes de emitir

  • Servicio y finalidad reales, sin elegir el IVA por la profesión.
  • Cliente contractual, destinatario de la asistencia y pagador, especialmente en colaboraciones.
  • Exención o tipo de IVA, retención y comunicación de inicio si procede.
  • Datos obligatorios, mención de exención y total de la factura.

Revisa esos datos y el documento completo antes de emitir la factura. Una casilla de IVA en cero en tu software no decide la finalidad sanitaria ni acredita tu habilitación: eso lo determinas tú antes de facturar. Finlai no presta servicio en País Vasco ni Navarra.

El IVA de tus compras es otra cuestión: consulta los gastos de una consulta de psicología sin trasladar automáticamente el tratamiento de tus ingresos a tus gastos.

Preguntas frecuentes

Fuentes oficiales

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Esta guía es información general y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. Verifica siempre con las fuentes oficiales o con un profesional antes de decidir.