Être autónomo
Modelo 036 vs 037 para autónomos
Mis à jour le 7 juillet 2026
Si buscas «modelo 036 vs 037», la respuesta corta es que el 037 ya no existe. Era la versión simplificada de la declaración censal y quedó suprimido en 2025. Hoy todas las altas de autónomo se hacen con el modelo 036, que incluye un modo simplificado para personas físicas. Presentarlo es el alta en Hacienda, previa al alta en la Seguridad Social.
El modelo 037 ya no existe
El modelo 037 era la versión simplificada de la declaración censal. La Orden HAC/1526/2024 lo suprimió, y desde febrero de 2025 ya no se utiliza. Hoy todas las altas, modificaciones y bajas censales se presentan con el modelo 036, que incorpora un modo simplificado para las personas físicas residentes que cumplen ciertos requisitos. Si un buscador o una gestoría te habla del 037, es porque el término sigue muy vivo, pero el trámite se hace con el 036.
Conclusión práctica: para darte de alta como autónomo, hoy usas el modelo 036.
¿Qué es el modelo 036?
Es la declaración censal con la que te das de alta (o modificas o das de baja) en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. En él comunicas tu actividad y epígrafe de IAE, tu régimen de IVA y tu régimen de IRPF. Es el paso previo al alta en la Seguridad Social.
036 vs 037: en qué se diferenciaban
| Modelo 036 | Modelo 037 (suprimido) | |
|---|---|---|
| Estado actual | Vigente | Eliminado desde 2025 |
| Uso | Todas las altas censales | Era la versión simplificada |
| A quién servía | Cualquier obligado | Solo casos sencillos de personas físicas |
| Hoy | Se usa siempre | Su función la absorbe el 036 |
Qué datos necesitas para rellenarlo
- Tus datos identificativos (NIF/NIE).
- La actividad y el epígrafe de IAE que le corresponde.
- La fecha de inicio de actividad.
- El régimen de IVA aplicable a tu actividad.
- El régimen de IRPF (estimación directa, normalmente).
Qué pasa después de presentarlo
Presentar el 036 no es «ser autónomo» todavía: es solo el alta en Hacienda. El siguiente paso es darte de alta en el RETA (Seguridad Social) con la misma fecha de inicio. A partir de ahí ya puedes emitir facturas y empiezan tus obligaciones trimestrales de IVA e IRPF.
Questions fréquentes
Sources officielles
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