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Factura simplificada: requisitos, límites y ejemplo

Alexandru Burtea · Gestor fiscal en FinlaiActualizado el 28 de septiembre de 2026

La factura simplificada es una factura con menos datos, no cualquier ticket ni un justificante del datáfono. Se admite hasta 400 € con IVA incluido en operaciones ordinarias, o hasta 3.000 € con IVA incluido en las operaciones concretas del artículo 4.2 del Reglamento de facturación, siempre que no concurra una exclusión. Si la necesitas para deducir IVA, debes pedir datos adicionales; tenerlos tampoco convierte automáticamente el gasto en deducible.

Límites: 400 € no es lo mismo que 3.000 €

SupuestoReglaPrecaución
Operación ordinariaHasta 400 € con IVA incluidoComprobar siempre las exclusiones del artículo 4.4.
Operaciones enumeradas en el artículo 4.2Hasta 3.000 € con IVA incluidoNo es un límite general para cualquier autónomo.
Factura rectificativaEl artículo 4.1.b permite la forma simplificadaConservar requisitos de rectificación y comprobar exclusiones.
Autorización específica de la AEATLo que permita la autorización aplicableNo presumir que todo el sector tiene autorización.

Los importes incluyen el IVA. Una consultoría de 400 € más 84 € de IVA supera el umbral general: su total es 484 €. No se beneficia del límite de 3.000 € solo porque el cliente sea particular. En cambio, un servicio ordinario de peluquería incluido en la lista puede aplicar ese límite si no concurre una exclusión.

Supuestos, límites y exclusiones: Reglamento de facturación, artículo 4, consultado el 27 de septiembre de 2026.

Qué operaciones pueden llegar a 3.000 €

Pueden llegar a 3.000 € con IVA incluido operaciones como ventas al por menor en el sentido definido por la norma, venta o servicios ambulantes, ventas o servicios a domicilio del consumidor, transporte de personas y equipajes, hostelería y restauración, peluquería y servicios de estética, y comidas o bebidas para consumir en el acto. La lista es cerrada: solo se aplica a estos supuestos.

También incluye salas de baile y discotecas; determinados servicios telefónicos de cabina o tarjetas sin identificación del portador; peluquería y belleza; instalaciones deportivas; revelado y estudios fotográficos; aparcamiento; alquiler de películas; tintorería y lavandería, y autopistas de peaje.

No confundas «venta al por menor» con cualquier venta pequeña. El comprador debe actuar como consumidor final; además, la norma excluye de esa definición bienes principalmente destinados a utilización empresarial o profesional por sus características, presentación o conservación. La lista tampoco convierte cualquier servicio prestado desde casa en servicio a domicilio del consumidor.

Operaciones en las que el importe no basta

  • Entregas intracomunitarias de bienes del artículo 25 LIVA.
  • Ventas a distancia intracomunitarias del artículo 68.Tres.a LIVA, con la salvedad del régimen especial indicado en el artículo 4.4.b del Reglamento.
  • Operaciones localizadas en Península o Baleares con proveedor no establecido, inversión del sujeto pasivo y factura expedida por el destinatario por cuenta del proveedor.
  • Determinadas operaciones realizadas desde un establecimiento en el territorio de aplicación del IVA español y localizadas fuera: fuera de la UE, o en otro Estado miembro con inversión del sujeto pasivo y sin expedición material por el destinatario, según la remisión del artículo 4.4.d.

La combinación de localización, establecimiento, destinatario y régimen especial se comprueba antes de elegir formato. No se resume bien con «todo lo extranjero» ni con «todo lo inferior a 400 €». Si no identificas la operación, aclárala antes de emitir; una factura más corta no soluciona una clasificación del IVA pendiente.

Qué debe contener

  • Número y, en su caso, serie, con numeración correlativa dentro de cada serie.
  • Fecha de expedición y fecha de operación o anticipo si es distinta.
  • NIF y nombre completo o denominación social de quien la expide.
  • Identificación del tipo de bienes o servicios y tipo de IVA aplicado. La expresión «IVA incluido» es opcional; no sustituye al tipo.
  • Contraprestación total. Si hay distintos tipos de IVA, separar además las bases correspondientes.
  • Si es rectificativa, referencia expresa e inequívoca a la factura corregida y a lo que se modifica.
  • Menciones especiales que procedan: por ejemplo, exención, inversión del sujeto pasivo o determinados regímenes especiales.

Si emites facturas completas y simplificadas para operaciones del mismo año natural, deben ir en series separadas. El formato reducido tampoco elimina los requisitos aplicables a un sistema informático de facturación: el artículo 7.5 remite a los requisitos adicionales del 6.5 cuando corresponde. No se deduce de ello que cualquier ticket deba llevar ahora un QR ni que un PDF esté certificado.

Contenido y datos adicionales: artículo 7 del Reglamento. Revisa ámbito y calendario de los requisitos del sistema por separado.

Qué pedir si necesitas justificar una deducción

Cuando el destinatario sea empresario o profesional y lo exija a estos efectos, el emisor debe añadir su NIF y domicilio, y consignar por separado la cuota de IVA repercutida. Los mismos datos deben constar si un destinatario no empresario los exige para ejercer un derecho tributario. Solicítalos al emisor, no completes tú el ticket.

Esto cubre una exigencia documental, no todos los requisitos de deducción. Todavía hay que comprobar la relación con la actividad, la naturaleza del gasto y las reglas de cada impuesto. En hostelería y restauración, para deducir el IVA es necesario que el gasto sea fiscalmente deducible en IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades; también deben cumplirse los demás requisitos del IVA. El cargo bancario puede apoyar el pago, pero no reemplaza los datos de la factura.

Condición para servicios de desplazamiento, viajes, hostelería y restauración: LIVA, artículo 96.Uno.6.º, consultado el 27 de septiembre de 2026. Una factura formalmente correcta no acredita por sí sola el derecho a deducir.

El paso siguiente está en gastos deducibles del autónomo, que separa IRPF, IVA y afectación a la actividad.

Ejemplo anotado: una cuenta de restaurante

Ejemplo ficticio de un servicio de restauración ordinario sujeto al 10%: base 100 €, IVA 10 € y total 110 €. Está dentro del supuesto y límite de hostelería. El documento debe incluir número, fecha, identificación fiscal del restaurante, servicio, tipo y total. Si operación y expedición tienen fechas diferentes, deben distinguirse.

Documento recibidoQué demuestra o qué falta
Resguardo de tarjeta por 110 €Un pago; no basta como factura simplificada por sí solo.
Ticket con datos exigidos por el artículo 7.1Puede ser factura simplificada aunque el título diga ticket.
El mismo documento con NIF y domicilio del destinatario y cuota de 10 € separadaCumple esos datos adicionales; no demuestra por sí solo que la comida sea deducible.

Pide la corrección o el documento adecuado aportando fecha, número y datos fiscales necesarios. Conserva la relación con el documento recibido para no registrar dos gastos. El canje de una simplificada que ya cumplía el artículo 7.1 no se considera rectificativa por ese solo motivo; si había un defecto, hay que analizarlo.

Para distinguir canje y corrección, consulta la guía de factura rectificativa.

Finlai no presta servicio en País Vasco ni Navarra.

Preguntas frecuentes

Fuentes oficiales

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Esta guía es información general y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. Verifica siempre con las fuentes oficiales o con un profesional antes de decidir.