Líos con Hacienda: ¿qué arreglo primero?
Te ha llegado una carta de Hacienda
Se cuentan días hábiles desde el día siguiente a recibirla. Sábados, domingos y festivos no cuentan.
Si te llega a la sede electrónica y no la abres, a los 10 días naturales cuenta como notificada.
Mira el título de la carta
Requerimiento, propuesta de liquidación, liquidación, sanción o apremio. Cada una pide algo distinto y tiene su plazo.
Descarga la carta entera
Guarda el PDF y sus anexos.
Junta lo que te piden
Modelos, facturas y justificantes del período.
No presentaste un trimestre
Cuánto cuesta presentarlo tarde
| Sale a pagar, antes de que te avisen | 1 %, más otro 1 % por cada mes completo de retraso. Pasados 12 meses, 15 % + intereses. |
|---|---|
| Sale a pagar, después del aviso | Puede haber sanción.Empieza por el punto 1. |
| Sale a cero, a compensar o a devolver | 100 € antes del aviso. 200 € después. Puede haber reducciones. |
Ejemplo: 600 € a pagar, con 3 meses completos de retraso y sin aviso previo. 1 % + 3 % = 4 %: 24 € de recargo.
Si son varios trimestres, cada uno se presenta aparte.
Modelo 303 fuera de plazoTienes las facturas en una caja
Los libros de registro son obligatorios y Hacienda puede pedírtelos. Pasa a limpio las facturas que emites, las que recibes y las rectificativas.
El extracto del banco te ayuda a encontrar movimientos, pero no sustituye a las facturas.
Mandaste una factura con un error
Tiene que decir qué factura corrige y qué cambia.
Cómo hacer una factura rectificativaSe te olvidó meter gastos
IVA
Si el IVA es deducible y tienes factura y registro, puedes deducirlo en el periodo en que lo soportaste o después. El límite es de 4 años desde que nació ese derecho.
IRPF
Si el gasto es de este año, mételo en el próximo 130: suma todo desde enero. Si es de un año ya cerrado, no lo metas en el trimestre actual: puede tocar rectificar la Renta de ese año y puede salir una devolución.
¿Quieres que nos encarguemos?
Te llamamos, nos cuentas qué tienes y te decimos si podemos llevarlo y cómo.
Revisado por Alexandru Burtea, gestor fiscal de Finlai. Actualizado el 29 de octubre de 2026.
Fuentes: Ley General Tributaria · Ley del IVA, arts. 97 a 100 · AEAT, rectificar la Renta · Reglamento de facturación, arts. 15 y 19 · AEAT, instrucciones del modelo 130 · Ley 39/2015, arts. 30 y 43 · Reglamento de gestión e inspección, arts. 55 y 87 · AEAT, contestar requerimientos y aportar documentos